martes, 29 de enero de 2013

¿Qué es la custodia compartida?

¿QUÉ ES LA CUSTODIA COMPARTIDA?

La custodia compartida es la situación legal mediante la cual, en caso de separación o divorcio, ambos progenitores ejercen la custodia legal de sus hijos menores de edad, en igualdad de condiciones y de derechos sobre los mismos. Se contrapone a la figura de la custodia monoparental que es ejercida por uno solo de los progenitores.
Es compartir las decisiones importantes de la vida del menor, como en qué localidad vivirá, a qué colegio irá, en qué idioma estudiará, qué médicos le atenderán, etc.
Es compartir las obligaciones, como todos los gastos que tenga el menor, encargarse de él, de su educación, de su colegio, de sus costumbres, de sus amigos, etc.
En pocas palabras, compartir la custodia es seguir siendo y ejerciendo de padre y madre (en las mismas condiciones que se hacía antes del divorcio). La custodia compartida, existe desde que nacen hasta que se emancipan o una sentencia judicial priva a los menores de ese derecho, por el mero hecho de que sus padres se separen o divorcien.

¿CUSTODIA COMPARTIDA ES LA MITAD DEL TIEMPO CON CADA UNO DE LOS PADRES?

NO tiene porqué ser así. Dependerá de las circunstancias personales de cada progenitor y de los menores.
La distribución del tiempo debe hacerse en la mediación familiar, previa al proceso de separación-divorcio, atendiendo a las circunstancias laborales y de disponibilidad de cada uno de sus padres.

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE PATRIA POTESTAD Y CUSTODIA?

La patria potestad carece de valor si no se ostenta la custodia (en exclusiva o compartida), puesto que es el progenitor custodio (98% las madres) el que decide TODO acerca del hijo, como si de una propiedad en exclusiva se tratara.
Salvo casos excepcionales, la patria potestad suele mantenerse compartida, pero es como compartir un papel mojado. Cosa que no ocurre con la custodia que es lo que tiene verdadero valor y poder de decisiones.
La custodia suele llevar aparejado el uso de la vivienda familiar (con independencia de quien siga pagando la hipoteca) y la administración del dinero que el progenitor no-custodio entrega al custodio para que, teóricamente, lo revierta en el menor.
El progenitor custodio, NO justifica en qué gasta el dinero que recibe y su única obsesión es obtener, cada vez más dinero del que paga, generalmente el padre.
La progenitora custodia mantiene TODOS sus derechos, mientras que el progenitor no-custodio ni siquiera puede computar a sus hijos en la declaración de la renta, en ayudas económicas o subvenciones a la vivienda, etc. Es como si ya no tuviera hijos, excepto para pagar. atendiendo a las circunstancias laborales y de disponibilidad de cada uno de sus padres.

¿CÓMO SE APLICA LA CUSTODIA COMPARTIDA CUANDO EL DOMICILIO DE AMBOS PADRES ESTAN MUY LEJANOS?

Partimos de la base que ambos progenitores vivían en el mismo domicilio antes de separarse. Si se aplica, la custodia compartida, desde el momento mismo de la separación-divorcio, se da la circunstancia que ambos se van a implicar en el cuidado, educación y apoyo de los hijos y por lo tanto, no tenderán a alejarse de la prole.
Sería deseable que el texto de la ley impidiera, como ocurre en Francia por ejemplo, que los menores pudieran ser sustraídos de su entorno familiar, de colegios, amigos, etc. y que ambos progenitores fijaran de común acuerdo, o en mediación familiar el/los domicilio/s del menor, a fin de que mantenga igual relación familiar que antes del divorcio de sus padres.

¿IR DE UNA CASA A OTRA PERJUDICA A LOS HIJOS?

Ningún estudio científico, a nivel mundial, sustenta esa arcaica idea, pero sí existen multitud de ellos que opinan lo contrario. (Ver Informe Reencuentro en documentación).
Es lo más beneficioso para los hijos, pues así se relacionan con sus dos familias extensas de forma completa. Es preciso conseguir que ambas casas las considere como propias, sin someter a los hijos a cambios de colegio, barrio ni amigos y haciendo que sienta confianza, apoyo y refugio en cada una de ellas.

¿QUE PASA CON LAS PENSIONES EN CASO DE CUSTODIA COMPARTIDA?

Lo lógico es que ambos progenitores se hagan cargo, al 50% cada uno, de todos los gastos de los hijos. La manera más efectiva es abriendo una cuenta corriente y domiciliar en ella todos los cargos, que sean admitidos por ambos.
Las pensiones asociadas a la custodia exclusiva favorecen el parasitismo social de una de las partes y la desincentivación económica y profesional de la otra; los regímenes de coparentalidad, al eliminar esos factores de desincentivación, favorecen un aumento del nivel de vida de los niños.

custodia compartida el asiento del fondo

El asiento del fondo nos ofrece un nuevo programa sobre la custodia compartida, los abogados nos ofrecen una visión muy particular sobre cómo enfrentarnos a un divorcio, dando por perdida la lucha antes de empezar por la dificultades que hay en con la actuales leyes.
Los derechos de nuestros hijos son atacados cada vez que un juez decide separarlos de alguno de sus padres, si durante el matrimonio habido una relación cordial con ambos padres es un daño irreparable arrancarlos de sus vidas, imponiéndoles las decisiones dictadas por unas layes injustas, que abocan a la destrucción de amor que sienten los niños a los que le han dado la vida.

miércoles, 23 de enero de 2013

La "inminente" ley de custodia compartida





La "inminente" ley de custodia compartida

  Ayer jueves 10 de enero de 2013, en la ciudad de Cádiz, las Asociaciones de Custodia Compartida APIF Cádiz y Campo de Gibraltar han participado en un encuentro abierto a entidades sociales a través de la plataforma “Cádiz + Humana”.Estuvieron presentes representantes del Partido Popular, entre ellos el Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, D. Juan Manuel Moreno, el secretario provincial de Cádiz por el PP, D. Antonio Sanz, así como la Alcaldesa/Presidente del Comité de Gobiernos Locales de Cádiz, Dª Teófila Martínez, y la Vicesecretaria de Política Social e Igualdad del PP, Dª Paula Conesa.
Desde la plataforma que promueve la custodia compartida y la corresponsabilidad entre hombres y mujeres para beneficio de los hijos e hijas en caso de separación o divorcio, se ha cuestionado a los representantes políticos sobre la promesa de implantación de la custodia compartida a nivel nacional en los siguientes términos:
    
Pregunta: “En nuestro País, tras una separación, miles de niños son separados de uno de sus progenitores y toda su respectiva familia, en una lucha que no tiene en cuenta las necesidades, sentimientos ni intereses de los niños. A través del tiempo y el distanciamiento, muchos niños son manipulados, utilizados como arma arrojadiza hasta llegar al rechazo y la pérdida del vínculo con uno de sus progenitores. Muchos de ellos no volverán a ver a sus padres o madres en mucho tiempo: el progenitor es relegado al destierro y al olvido, mientras los hijos sufren la ausencia. La actual práctica jurídica está aplastando de lleno los derechos de los menores, al separar a los hijos de uno de sus progenitores porque tan solo se otorga, en menos del 12% de los casos, una custodia compartida donde los menores mantengan los vínculos con ambos progenitores, lo cual es a todas luces sumamente grave.
Es decir, de cada cien padres que solicitan la custodia compartida para continuar con el cuidado de los hijos, aproximadamente a 88 de ellos se les niega la posibilidad de cuidar corresponsablemente de sus propios hijos. En aproximadamente un 84% de los casos, las custodias se otorgan en exclusividad y automáticamente a las madres.
En España, cada año, 30.000 menores se ven afectados por esta situación.
EL 13 de junio de 2012, El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, anunció en el Pleno del Congreso que su departamento iba a impulsar un cambio en el Código Civil para "acabar con el rígido sistema monoparental" en separaciones y divorcios.
Pues bien, ya ha pasado el plazo estimado. Las familias, padres y madres, abuelos y abuelas, tíos y tías, primos y primas y demás familiares hemos contado con esperanza e ilusión los días, horas y minutos hasta la fecha, pero no ha habido pronunciamiento aún. ¿Para cuándo una ley de custodia compartida que garantice las relaciones y el adecuado desarrollo de nuestros hijos e hijas con ambos progenitores?”.

Para información completa:
 

 Asociación por la Custodia Compartida y la Igualdad en Castilla-La Mancha (ACCI-CLM)
Sede social: C/ Velada, 8. 4º B
Apartado de Correos 14
45600- Talavera de la Reina (Toledo)
Teléfono: 660 835 888
E-mail: acciclm@hotmail.com

Web:www.acciclm.org

----------UEFACC----------------------------
Unión Estatal de
Federaciones y Asociaciones por
la Custodia Compartida
www.uefacc.org
---------------------------------------------------

martes, 22 de enero de 2013

PADRES DIVORCIADOS: Congreso: Ley de Custodia Compartida y Fiscalidad

PADRES DIVORCIADOS: Congreso: Ley de Custodia Compartida y Fiscalidad  la pregunta es para cuando

custodia compartida el asiento del fondo

El nuevo programa, el  Asiento del fondo dedica unos minutos hablar de la custodia compartida, he igualdad entre hombre y la mujer, en defensa de los derechos de nuestros hijos, en el estado Español, se vive na enorme desigualdad entre géneros provocando eternas luchas, olvidando por completo, el desarroyo y el futuro de nuestros hijos, es fundamental para todos que la custodia compartida sea la tendencia habitual, y sobre todo para los menores, que no  tienen que sufrir la separacion de unos de sus padres, dividiendo su corazón en dos.

Ventajas de la custodia compartida

Ventajas

Para los padres
  • Prevención al Síndrome de alienación parental (SAP). Según Richard A. Gardner, el SAP es un proceso que consiste en programar un hijo para que odie a uno de sus padres sin que tenga justificación. Cuando el síndrome es presente, el hijo da su propia contribución en la campaña de denigración del padre alienado. Al mantener ambos padres el continuo contacto con el niño, es mucho más difícil que este síndrome se desarrolle. Dentro de la comunidad académica el SAP carece de consenso científico por no reunir los criterios metodológicos científicos necesarios para ser aceptado y por eso se lo considera pseudocientífico. Ha sido rechazado como entidad clínica por las dos instituciones más reconocidas en el mundo en términos de salud y trastornos mentales: la Organización Mundial de la Salud y la Asociación Americana de Psicología. Es por eso que no aparece ni en el CIE-10 (OMS) ni en el DSM-IV, este último publicado por la Asociación Americana de Psiquiatría.
  • Ambos padres se mantienen guardadores, es decir, ambos continúan criando activamente. Ninguno de los dos queda marginado, ni alejado de los hijos4 .
  • Calificación en la aptitud de cada uno de ellos. La idoneidad de cada uno no es discutida, es reconocida y útil en el ejercicio de su rol como progenitor
  • Equiparación de los padres en cuanto al tiempo libre para la organización de su vida personal y profesional. No queda sólo uno de ellos con toda la carga de la crianza, alienado y sin tiempo para otras cosas.
  • Compartir lo atinente a gastos de manutención del hijo. Ningún progenitor que practica este sistema se ha desentendido de los hijos. El hacerse cargo activamente, conciencia a cada padre acerca de las necesidades de los niños
  • Mayor cooperación. Es indudable que este sistema fomenta el entrelazado de acuerdos de cooperación entre los padres en beneficio de los hijos
Para los hijos
  • Cordialidad entre los padres. Si la asistencia por defecto es custodia compartida, hay tendencia al acuerdo. Se evitan guerras judiciales por la custodia que, por el contrario, se producen allá donde se penaliza quitando la custodia al progenitor que no pugne por quitársela al otro5 .
  • Adaptación a dos casas. Cada casa tiene sus hábitos, sus reglas, sus horarios. Los niños aprenden a adaptarse a dos formas distintas de encarar la vida, a costumbres disímiles, a normas de educación diferentes y evitan posibles tendencias a errores educativos que se compensan con la educación complementaria por el otro progenitor.
  • Convivencia igualitaria con cada uno de los padres. No hay padres periféricos. Los hijos sienten que no han perdido a ninguno de los dos y beneficia su autoestima el observar los esfuerzos de sus progenitores para estar cerca de ellos
  • Inclusión en el nuevo grupo familiar de cada uno de sus padres. Los niños se sienten parte integrante de cada nueva familia, enriqueciéndose muchas veces con las presencias de nuevos cónyuges y nuevos hermanos.
  • Mayor comunicación. La misma dinámica de este sistema fomenta una mejor comunicación paterno o materno-filial, incluso mejor aún que los hijos provenientes de familias intactas.
  • Menos problemas de lealtades. La cooperación derivada de compartir la custodia entre padres, elimina o reduce los cambiantes compromisos de lealtad de los hijos hacia cada padre que provoca la custodia monoparental.
  • Buen modelo de roles parentales. Los niños aprenden a ser solidarios, a compartir, a resolver los problemas mediante acuerdos en vez de litigios, a respetarse entre géneros.

Estudios y Tesis de la Custodia Comapartida

Estudios y tesis

  • Custodia materna, paterna y compartida.
Un estudio de las familias después del divorcio Tesis doctoral de D.A.Luepnitz (1980) Universidad estatal de New York en Buffalo. (UMI nº80-27618)
Luepnitz estudia custodias monoparentales y compartidas. Detecta que la mayoría de los chicos en custodia monoparental están insatisfechos con la cantidad de tiempo de visita del progenitor no conviviente, mientras que la mayoría de los que están bajo custodia compartida parecen razonablemente felices con sus contactos y accesos a ambos padres. La calidad en general de las relaciones progenitor-hijo, se determina como mejor en la custodia compartida. La relación del chico con el progenitor no conviviente está descripta en forma similar a una relación del chico con un tío o tía.
  • Custodia compartida versus custodia monoparental,
efectos en el desarrollo de los chicos Tesis doctoral de S.A.Nunan (1980) Escuela de Profesionales en Psicología de California. (UMI nº81-10142)
Nunan compara 20 chicos bajo custodia compartida (de 7 a 11 años de edad) con 20 de iguales edades en custodia maternal exclusiva. Todas las familias tienen más de dos años de separadas. Los chicos bajo custodia compartida fueron encontrados con un ego y un superego más potentes, y con un autoestima mayor que los chicos bajo custodia monoparental. Los chicos bajo custodia compartida fueron encontrados menos excitables y menos impacientes que sus contrapartes de custodia monoparental. Para chicos de menos de cuatro años al momento de la separación las diferencias fueron menores.

Los efectos de los acuerdos de custodia sobre los hijos del divorcio Tesis doctoral de B.Welsh-Osga (1981) Universidad de Dakota del Sur. (UMI nº82-6914)
Welsh-Osga compara chicos de familias intactas con chicos en custodia compartida y en custodia monoparental. El rango de edades va de 4 y 1/2 a 10 años. Los chicos en custodia compartida resultaron los más satisfechos con el tiempo que pasaban con cada uno de sus padres. Los padres en custodia compartida resultaron ser los más involucrados con sus hijos. Los padres en custodia compartida resultaron menos desbordados por sus responsabilidades parentales que los que ejercen custodia monoparental. Los chicos de los 4 grupos (familias intactas, custodia materna, custodia paterna y custodia compartida) resultaron estar igualmente bien adaptados según varias mediciones estándares efectuadas.